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LSSI - Ley de Servicios de la Sociedad de Información - parte I

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Introducción: Con este post comienza una serie de informaciones sobre temas legales, debido a las multiples consultas de nuestros compañeros webmaster y las cuales creemos que deben de ser de dominio público, ya que si la red se legaliza ganamos todos; los empresarios y profesionales y sobre todo los propios usuarios. No hay que confundir el hecho de ofrecer contenidos y servicios para adultos (ocio para adultos) con el cumplimiento de la Ley, ya que este como cualquier sector se encuentra regulado por obligaciones legales.

Muchas veces, ya sea por desconocimiento o por dejadez, las páginas web no cumplen con la Ley. Uno de los casos más habituales son los de la LSSI o Ley de la Sociedad de Información (www.lssi.es)

Para cumplir con esta Ley debemos de indicar en nuestras web una serie de datos básicos:

  • Tu nombre o denominación social y datos de contacto: Domicilio, dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita una comunicación directa y efectiva, como por ejemplo un teléfono o un número de fax.
  • Si la empresa está registrada en el Registro Mercantil o cualquier otro registro público, deberás señalar también el número de inscripción que le corresponda.
  • Tu NIF.
  • Información sobre el precio de los productos, indicando si incluye o no los impuestos aplicables, gastos de envío y cualquier otro dato que deba incluirse en cumplimiento de normas autonómicas aplicables.
  • En el caso en que la actividad que se ejerza precise de una autorización administrativa previa, los datos relativos a la misma y los identificativos del órgano encargado de su supervisión.
  • Si se ejerce una profesión regulada, los datos del Colegio profesional y el número de colegiado, el título académico y el Estado de la Unión Europea en que se expidió y la correspondiente homologación, en su caso.
  • Los códigos de conducta a los que esté adherido, en su caso, y la forma de consultarlos electrónicamente.

Es muy simple cumplir con esta Ley y ofrecer a los usuarios el beneficio de la tranquilidad y saber que están accediendo a contenidos y servicios desde un sitio web identificado y legal. Es verdaderamente alarmante el número de sitios web que incumple estas obligaciones.

más info: www.lssi.es

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